El Seguro Obligatorio para el Cazador cubre los daños que se puedan causar a terceros por la acción de cazar hasta el límite contratado (el que marca la ley son 90.151,82 €.).
¿Qué excluye?
Los daños propios, es decir los daños que nos podemos realizar a nosotros mismos.
¿Qué debo saber?
“¿Qué pasa si el Juez dicta que tengo que pagar más de 90.150 €?”
En este caso, el cazador responde con sus bienes para cubrir el importe restante. (Salvo que hayamos tenido la precaución de contratar una ampliación voluntaria)
COBERTURAS
Seguro Obligatorio
Cobertura: Hasta 90.151,82 €
Ampliación
Seguro de Suscripción Voluntaria, que permite ampliar la cobertura de Responsabilidad Civil hasta el capital que desee contratar.