Presentamos un seguro combinado para embarcaciones de recreo capaz de cubrir y solventar debidamente cualquier contingencia derivada de la práctica de tan bello deporte.
El Seguro Embarcaciones de Recreo ofrece a los navegantes particulares la más completa protección que un seguro puede proporcionar tanto en lo relativo a la embarcación asegurada como a daños a las personas.
Las distintas coberturas del Seguro Embarcaciones de Recreo permiten afirmar que cualquier inquietud que el propietario o usuario de una embarcación pueda tener en relación con las consecuencias de la práctica de la navegación de recreo queda perfectamente garantizada.
La póliza responde a los requisitos del reglamento del seguro obligatorio aprobado por Real Decreto 607/1999, de 16 de Abril.
¿A QUIÉN LE INTERESA?
- Propietarios de embarcaciones destinadas al recreo particular o privado de empresa.
- Escuelas de navegación de recreo.
- Empresas de alquiler de embarcaciones de recreo con tripulación.
TIPOS DE EMBARCACIÓN
Válido para cualquier tipo de embarcación, desde una pequeña motora o velero, pasando por las cabinadas, hasta los grandes yates de crucero a vela o motor.
GARANTÍA BÁSICA
- Responsabilidad Civil según Real Decreto 607/1999, de 16 de Abril.
- Garantías de contratación opcional
- Garantía Optativa Primera: Responsabilidad Civil Voluntaria
- Complemento de la Garantía Básica.
- El Asegurado puede aumentar de forma significativa la cobertura y los límites de indemnización legalmente establecidos, con un coste mínimo.
GARANTÍA OPTATIVA SEGUNDA: Pérdida Total
Esta garantía cubre la pérdida total, real o constructiva de la embarcación producida a causa de naufragio, incendio, explosión motor, rayo, choques, abordajes, varada, embarrancada, toque de fondos, golpe de mar por temporal y actos vandálicos. Además, se indemnizan los gastos de salvamento y los gastos de remoción de restos.
GARANTÍA OPTATIVA TERCERA: Pérdida Total + Daños Parciales + Robo
Además de la pérdida total de la embarcación, se cubren los daños parciales sufridos por la misma en navegación, a flote o amarrada, o en tránsito terrestre y los daños causados por actos vandálicos y malintencionados.
Adicionalmente, queda cubierto el robo de la embarcación entera y sus accesorios, así como los daños sufridos a consecuencia del intento de robo.
GARANTÍA OPTATIVA CUARTA: Efectos Personales
Una novedosa cobertura a primer riesgo que cubre la pérdida de efectos personales subsiguiente a la de la embarcación así como el robo de los mismos.
GARANTÍA OPTATIVA QUINTA: Accidentes Personales Ocupantes
Por esta garantía quedan cubiertos los accidentes que puedan sufrir los ocupantes de la embarcación, incluidos los esquiadores arrastrados, durante la navegación o el embarque y desembarque. También se indemnizan los supuestos de fallecimiento e invalidez permanente y se garantiza una suma asegurada independiente para cubrir los gastos de asistencia médico-farmacéutica.
GARANTÍA OPTATIVA SEXTA: Reembolso de Gastos de Asistencia
Se garantiza el reembolso de los gastos en que haya incurrido el Asegurado con ocasión del remolque de la embarcación hasta puerto por avería, accidente de mar o cualquier otra causa justificada.
OTRAS VENTAJAS
- Ámbito geográfico de navegación: uno de los más amplios en el mercado asegurador nacional.
- Valor asegurado: el valor asegurado es el valor de mercado, es decir, el valor real de la embarcación, tanto para la pérdida total como para los datos parciales.
- Franquicia: Existe la posibilidad de contratar los daños parciales con franquicia o sin ella a embarcaciones de recreo capaz de cubrir y solventar debidamente cualquier contingencia derivada de la práctica de tan bello deporte.