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El Seguro Obligatorio para el Cazador cubre los daños que se puedan causar a terceros por la acción de cazar hasta el límite contratado (el que marca la ley son 90.151,82 €.).

¿Qué excluye?

Los daños propios, es decir los daños que nos podemos realizar a nosotros mismos.

¿Qué debo saber?

“¿Qué pasa si el Juez dicta que tengo que pagar más de 90.150 €?”

En este caso, el cazador responde con sus bienes para cubrir el importe restante. (Salvo que hayamos tenido la precaución de contratar una ampliación voluntaria)

COBERTURAS

Seguro Obligatorio
Cobertura: Hasta 90.151,82 €

Ampliación 
Seguro de Suscripción Voluntaria, que permite ampliar la cobertura de Responsabilidad Civil hasta el capital que desee contratar.